Este centro médico opera bajo la estructura de la Unión de Mutuas MCSS Nº 267. Su actividad principal se centra en la asistencia sanitaria a trabajadores protegidos y adheridos, así como en la gestión administrativa y técnica de las contingencias profesionales derivadas de accidentes y enfermedades laborales.
La entidad desarrolla un plan de prevención de riesgos profesionales enmarcado en el artículo 2 del RD 860/2018 y la Resolución de 28 de marzo de 2019. Las acciones incluyen información, consulta y sensibilización para fomentar la integración preventiva en las empresas. Además, mantiene a disposición de los usuarios una línea de asistencia técnica para gestionar imprevistos médicos. Para garantizar la comunicación con trabajadores de habla no hispana, se implementa un servicio de teletraducción dentro de la red asistencial. Asimismo, publica periódicamente memorias y documentación divulgativa sobre las actividades desarrolladas.
La gestión de un accidente de trabajo implica la consulta de la red asistencial y la solicitud de asistencia sanitaria por parte de la empresa. El facultativo emite certificados según la necesidad de baja laboral. Los accidentes sin baja deben declararse mediante el sistema DELT@ en un plazo máximo de cinco días hábiles del mes siguiente a la ocurrencia, conforme al Real Decreto Legislativo 5/2000, bajo apercibimiento de sanciones administrativas por no cumplir la remitición a la Autoridad Laboral competente.
El modelo de atención prioriza la reducción de la siniestralidad y la protección de trabajadores dependientes y autónomos adheridos. Se recomienda a los usuarios consultar la documentación oficial disponible para conocer los procedimientos operativos y los derechos asociados a su condición de mutualista o trabajador protegido.